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La reforma penal de los juicios orales | | Emilio Rabasa Gamboa 25 de septiembre 2012 14:00 | | | | | | En la actualidad, México enfrenta un severo problema de justicia penal, al considerarse que 80% de los detenidos nunca hablaron con el juez que los condenó, además de que existe un elevado porcentaje de audiencias que se celebraron sin la presencia de un juez, problema que afecta a cualquier mexicano que ignora
sus derechos como ciudadano. ¿En qué consiste y cuáles son
los alcances de esta reforma constitucional? ¿Cuáles son las funciones y responsabilidades de sus principales actores?
El doctor en Derecho, Emilio Rabasa Gamboa, quien es miembro
del Sistema Nacional de Investigadores del Conacyt, y profesor de Derecho Constitucional en la UNAM, conversó sobre el libro "La reforma penal de los juicios orales". La reforma está vigente en Chihuahua, el Estado de México y Morelos, y deberá aplicarse al resto de los estados de la República durante los próximos cuatro años.
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| | | 43 PREGUNTAS | | | PREGUNTAS CONTESTADAS |
| | | | | | | Comentario del Moderador | Hora del mensaje: 15:41 | | | | Agradecemos la participación de Emilio Rabasa Gamboa en esta entrevista digital, así como a todas las personas que enviaron sus preguntas y comentarios. | | | | | | | | | | | Despedida Emilio_Rabasa_Gamboa- | Hora del mensaje: 15:17 | | | | Agradezco tantas e tan interesantes preguntas que me demuestran que hay un gran interés por conocer esta reforma y que es poco lo que hemos hechos quienes trabajamos para ella a fin de darle la difusión que la sociedad merece. Si mi periódico, El Universal vuelve a invitarme, con gusto regreso a un chat sobre el tema. Muchas gracias y buenas tardes | | | | | | | | | | | Arturo Zárate Velásquez | Hora del mensaje: 15:10 | | | | Pregunta Emilio: ¿Porqué considera usted que hay entidades que realmente le han echado ganas para implementar el nuevo sistema acusatorio como Chihuahua y Guanajuato y que van en buen camino a diferencia por ejemplo del Distrito Federal que va sumamente atrasado en la implementación de este nuevo sistema? Será que no hay voluntad de los políticos de reformar las leyes necesarias? o que el mismo poder judicial local se rehusa a implementar el sistema porque están acostumbrados al sistema inquisitorio? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:en sus preguntas van las respuestas Artuto, en efecto falta de volunta política y costumbre al viejo sistema pero yo agregaría también la ausencia de una elemental conciencia social y de respeto a la población para dotarla de un sistema de justicia eficaz, transparente, imparcial y expedito | | | | | | | | | | | Abraham RoMa | Hora del mensaje: 15:08 | | | | Pregunta ¿Qué indicadores de evaluación podemos utilizar para medir la eficacia de la reforma penal? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:varios: las resoluciones del juez de control en particluar sobre la prisión preventiva como medida cautelar, las actuaciones del juez de causa y desde luego los niveles de investigación científica a cargo de la policía, así como el recurso a los medios alternos, entre otros | | | | | | | | | | | Dayra Vergara Vargas | Hora del mensaje: 15:07 | | | | Pregunta Buenas tardes Doctor! Que opinión le merece la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal de la SEGOB? Cree usted que ha realizado una buena actuación en su tarea como órgano implmentador de apoyo y coadyuvancia? De no ser así, cuales serían las deficiencias que usted percibe en su actuación? Muchas gracias! | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Creo que sí pero todavía falta más mucho mas para cumplir con lo que estableció el transitorio 2o de realizar la reforma en 8 años de los cuáles ya pasaron 4 y apenas unos estados tienen el nuevo sistema y nada a nivel federal | | | | | | | | | | | Gerardo Mejía | Hora del mensaje: 15:06 | | | | Pregunta El cambio de sistema de justicia penal es la solución a la impunidad como muchos afirman | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:definitivamente sí porque al brindar transparencia y publicidad la impunidad se verá seriamente afectada | | | | | | | | | | | Edgar Silva | Hora del mensaje: 15:05 | | | | Pregunta Buen día. En Michoacán, a partir de febrero del año proximo se implementaria el nuevo proceso oral penal, con jueces especialisados que conocerán de dichas causas, sin embargo, no se ha previsto la cuestión del juez de control.
¿Es necesaria la figura de juez de control en el nuevo marco jurídico que regulará la actuación de los jueces de la causa orales penales?.
Gracias. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:El juez de control es una pieza clave del nuevo sistema ya que permite judicializar la investigación policial y del MP, no puede ni debe soslayarse | | | | | | | | | | | Dante López | Hora del mensaje: 15:03 | | | | Pregunta Saludos doctor Rabasa, nos pudiera comentar cuál es el estado actual de la reforma en materia federal y local para el DF. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Apenas avanza en el nivel local pues totalmente conlcuida la tienes sólo Morelos, Chihuahua y Estado de México y 0 avance en el nivel federal ya que no se ha abierto un sólo juzgado oral federal | | | | | | | | | | | Fito Tapia | Hora del mensaje: 15:02 | | | | Pregunta En el sistema actual se solicita copia certificada de un expediente.En el nuevo sistema acusatorio oral, cómo recabar copia de todo lo actuado.Y en una audiencia cómo verificar lo que se declara cuando exista polémica en lo declarado por un testigo,digamos, ya que no se tiene la oportunidad de leer la declaración como en el actual sistema inquisitivo escrito. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Por medio del cd ya que todo se graba en las audiencias y el juez debe darle copia a cada una de las partes | | | | | | | | | | | Oscar Sánchez | Hora del mensaje: 15:01 | | | | Pregunta Saludos Dr. Rabasa. Qué tan influyente puede ser esta reforma en el futuro de la sociedad Mexicana? Es decir; cree usted que dicha reforma en verdad redireccione el sentido de la Materia Penal en el Estado Mexicano? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Definitivamente, no tengo la menor duda puesto que está transformando nada menos que el sistema de justicia de este país que lamentablemente todavía se encuentra en la época medieval. | | | | | | | | | | | Melissa de la Torre | Hora del mensaje: 14:57 | | | | Pregunta Emilio: ¿Cómo pretende hacer el estado Mexicano a la sociedad que el nuevo sistema acusatorio no se traduce en garantizar que los criminales lleguen efectivamente a cumplir sentencias exhorbitantes, sino mas bien en proveerles de mayores derechos? y además que la finalidad del mismo es procurar la reparación del daño (resolver por medio de transacciones). Porque la gente piensa que al decir que el sistema será más efectivo significa más criminales en la cárcel cuando se busca justamente lo contrario. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:La reforma y el nuevo sistema no fue diseñado para favorecer a criminal alguno. Es responsabilidad de la polic{ia detenerlo y del MP acusarlo solicitando la medida cautelar de la pisión pereventiva al juez de control. La reparación del daño, siempre y en todo momento es uno de los objetivos centrales del nuevo sistema, pero no le pidamos a la reforma lo que no puede dar pues se trata de una reforma para dotar de calidad a la justicia, la cantidad de detenidos es un problema de procuración de justicia no del juicio oral. |  | | | | | | | | | | | | | | | | emilio | Hora del mensaje: 14:54 | | | | Pregunta ¿Cuáles son las responsabilidades (y en qué instancias) de las autoridades por dar acceso a la información bajo el sistema penal acusatorio? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Los señores jueces tanto de control como de juicio y de ejecución de sentencia debes establecer en las propias salas de los juzgados mecanismos de amplia información a interesados y sociedad en general sobre lo que ocurre en el juicio | | | | | | | | | | | emilio | Hora del mensaje: 14:52 | | | | Pregunta ¿Cómo se verá modificada la labor de los medios de comunicación al informar (o generar noticia) durante el proceso de un juicio oral? ¿Qué información se puede difundir y cuál no? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Los juicios orales sustentan (artículo 20) el principio de publicidad y con ello la transparencia de las actuaciones de modo que los medios pueden y deben tener acceso a las audiencias salvo que por razones de protección de menores o alta peligrosidad el juez determine lo contrario | | | | | | | | | | | LAURO VAZQUEZ | Hora del mensaje: 14:50 | | | | Pregunta DOCTOR QUE BENEFICIOS SE OBTENDRA CON ESTE NUEVO SISTEMA PENAL Y EN QUE PLAZO TENDREMOS RESULTADOS Y SI ES NECESARIO CREAR O CAPACITAE PERSONAL AECUADO AL SISTEMA | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Los beneficios ya están a la vista en los estados en los que se ha implementado la reforma: transparencia, publicidad, equilibrio procesal entre las dos partes en el juicio el fiscal y el defensor, imparcialidad y desde luego tiempo. Esto es justicia pronta y expedita, además de que este nuevo sistema favorece a los más necesitados que no pueden pagar a un abogado ya que la reforma incluye la revaloración del defensor de oficio. | | | | | | | | | | | Giovani Rodriguez | Hora del mensaje: 14:45 | | | | Pregunta Dr. Rabasa,
¿Es necesario que intervenga el juez directamente? ¿no basta la presencia de alguno de sus secretarios, quienes le ayudan en la elaboración de autos? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Mire ud Giovani en mi libro "La reforma penal de los juicios orales" (Nostra ediciones, doy una clara explicación de porqué es indispensable que el juez esté presente en el juicio (además de las razones estrictamente legales y morales para que así sea) y es muy sencillo: en la sentencia judicial se vincula el acto antijurídico o violación del derecho con una sanción que puede ser privativa de la vida (en los países donde existe la pena de muerte) o de la libertad. ¿No le parece inconcebible que quién vincule ese acto antijurídico con una sanción de ese tamaño no sea un juez sino un secretario del juzgado? | | | | | | | | | | | Giovani Rodriguez | Hora del mensaje: 14:42 | | | | Pregunta Sí las audiencias deben celebrarse en presencia del juez, ¿también deberán estar presentes todos los juzgadores o magistrados, cuando el asunto llega a una segunda instancia? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Si por supuesto y no sólo en la primera instancia, la presencia del juez en cualquier tipo de juicio debe ser una conditio sine qua non de la validez del mismo. Pertenece a la Edad Media un sistema en el que los jueces no están presentes durante el juicio salvo ocasionalmente o para firmar la sentencia que les pasa su secretario del juzgado. La ausencia de un juez en un juicio equivale en mi opinión a denegación de justicia y es una verguenza que en México todavía sigan existiendo juicios sin la presencia de un juez. | | | | | | | | | | | Roberto Duque | Hora del mensaje: 14:38 | | | | Pregunta Doctor Rabasa: me gustaría saber su opinión sobre las razones por las que en muchas entidades federativas no se ha implementado la reforma, ni parecen tener apremio alguno. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Mire Roberto, la razón que yo encuentro de ese rezago que atinadamente ud señala es la falta de voluntad política de los gobernadores y de los presidentes de los tribunales superiores de justicia pues no es válido el argumento de la falta de recursos ya que los hay, lamentablemente predomina una actitud desafiante al Constituyente Permanente que ordenó la reforma en 8 años de los cuales ya transcurrieron 4. Debiera establecerse un órgano fiscalizador del cumplimiento de lo ordenado por la Cosntitución que informara a la sociedad porqué sus gobernantes no les quieren ofrecer un mejor sistema de justicia que el prevaleciente. | | | | | | | | | | | M.C. GERMAN ALEMAN DIAZ | Hora del mensaje: 14:35 | | | | Pregunta mi pregunta es que y como le van hacer las entidades federativas que hasta la fecha no han reformado sus ordenamientos penales y de procedimientos para armonizarse con el 20 constitucional (reformado). Poco interés le están poniendo al asunto en los estado como Sinaloa.
Por ningún lado se ven avances estos estados los juicios orales en materia penal. Se requiere ademas de la capacitación adecuada, la infraestructura idónea, como es el caso de las salas de juicios orales. Es mas ni las universidades se ven iniciativas por ir preparando a los futuros abogados en juicios orales. Sera posible estar bien preparados cuando el futuro nos alcance, o a la "mexicana" al "ahí se va" | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Lo que tienen que hacer las entidades donde la reforma nin siquiera se ha iniciado, como la que ud menciona y yo señpalaría la mía, Chiapas, también Tabasco etc es cumplir con lo que manda la Constitución en el artículo transitorio 2o de la reforma que concedió a todos los estados, el DF y la Federación 8 años para cambiar el viejo sistema escrito por el nuevo oral y ya han pasado 4 años de modo que sólo les restan otros 4, tiempo suficiente para poner a la reforma en operación si se ponen a trabajar de inmediato. |  | | | | | | | | | | | | | | | | Dr.Carlos M.Rosales | Hora del mensaje: 14:32 | | | | Pregunta Estimado Dr.Rabasa,
Hasta que punto se encuentran preparadas las universidades y qué hacen, para sustituir el antiguo modelo inquisitorio penal por el sistema acusatorio oral.
Saludos. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:En varios centros de estudios de educación superior ya se cuenta con salas de juicio oral que son salones de clase, con profesores de la especialidad e incluso la materia ha pasado de optativa a obligatoria. A su servidor le tocó inagurar la primera sala de jucio oral convertida en salón de clase en el Tec de Monterrey campus Ciudad de México hace aproximadamente 2 años y ahora todo el sistema Tec ya las tiene. También se imparte en la UNAM y otras universidades de modo que sí se ha ido extendiendo el nuevo modelo bajo el cuál habrán de practicar los jóvenes abogados cuando tengan su título. | | | | | | | | | | | elanalista | Hora del mensaje: 14:31 | | | | Pregunta En México todavía prevalezca la ILEGALIDAD INSTITUCIONALIZADA de la dictadura. ¿Qué debe hacer la sociedad (políticos/burocratas nunca van a hacerlo) para obtener una justicia verdadera: estructura legal, policía y jueces profesionales? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Muy sencillo: exigirlos por los medios lícitos que tiene la sociedad a su alcance, por ejemplo los medios y las redes sociales. Con lo que además estaría haciendo cumplir lo que manda la Constitución. | | | | | | | | | | | Mauricio Miranda | Hora del mensaje: 14:26 | | | | Pregunta Estimado Lic. Rabasa, primeramente un saludo, y entrando en materia, aun cuando el tema es muy extenso, y a riesgo de que me ignore podría usted hacer un breve comparativo de ambos sistemas en forma reducida y lo que mas me inquieta es que aun sabiendo que este es tema de especialistas, podría explicarme como la gente común iniciaría en este sistema una denuncia o una querella y dado que ahora el expediente no lo lleva el Ministerio publico; como se puede solicitar y consultar las actuaciones de los diversos actores como, peritos u ofrecimiento de testigos y testimonios o actuaciones de investigación como el solicitar los videos de seguridad de entidades privadas o publicas, a quien se dirige uno, pues al parecer todo esto recae en los agentes ministeriales quienes siempre arguyen exceso de trabajo y poco caso hacen de las sugerencias de las victimas a efecto de realizar las investigaciones pertinentes al caso o quizás sea la nueva forma de volver al viejo sistema de tener que aceitar la maquinaria de la justicia?, tengo un ejemplo pero creo no seria muy apropiado exponerlo aquí.
Agradezco de antemano sus finas atenciones y quedo a sus órdenes | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:La diferencia principal, que no única entre el sistema in quisitivo-escrito y el acusatorio-oral es que el primero concentra las funciones de investigar, acusar y juzgar en prácticamente una sola persona o institución, por el peso que tiene en el juicio el MP, en tanto que el segundo lo reparte entre la polcía para investigar, el MP acusar y los jueces para juzgar e incluso establece 3 tipos diferentes de jueces: de control, de causa o juicio y de ejecución de sentencia. Otra diferencia es la transparencia y publicidad del juicio oral que no la tiene el escrito, lo que reduce considerablemente los márgenes de corrupción. Y desde luego una diferencia muy importante es que en el oral el juez siempre debe estar presente en las audiciencias del juicio, en tanto que en el escrito delega en un funcionario menor del juzgado. |  | | | | | | | | | | | | | | | | HECTOR SANDOVAL ORTEGA | Hora del mensaje: 14:24 | | | | Pregunta QUISIERA SABER DOCTOR QUIEN ES EL AUTOR DE ESTE LIBRO LA REFORMA PENAL EN LOS JUICIOS ORALES ,Y EN DONDE LO PUDIERA ADQUIRIR ? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Su servido, Emilio Rabasa Gamboa, es el autor de ese libro "La reforma penal de los juicvios orales" editado por NOSTRA, ediciones en su sección para entender.... y lo puede encontrar en cualquier librería | | | | | | | | | | | Lic. Carlos Bojórquez Hernandez | Hora del mensaje: 14:20 | | | | Pregunta Que tan válido es el argumento de la falta de recursos en el Distrito Federal, para seguir aplazando el inicio de la instauración del proceso penal acusatorio y porque el Tribunal Superior de Justicia es recalcitrante opositor a esa vigencia, cuando sabemos que si no hay una contra reforma constitucional la vacatio legis llegará a su fin y no habra excusa ni pretexto. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Muy buena pregunta. No es en modo alguno válido ese argumento de la falta de recursos, primero porque está previsto tanto a nivel federal como del DF en los transitorios de la reforma en la Constitución, segundo porque la reforma se puede ir implementando en etapas de modo que no se haga todo el gasto una sola vez y tercero porque bien entendida la reforma es incluso ahorrativa respecto al costoso, ineficiente e infuncional sistema actual. Yo le preguntaría al Tribunal Superior de Justicia por qué, como ud bien dice es recalcitrante a realizar la reforma, no obstante haberla ofrecido su presidnete en varias ocasiones, pero el costo no es ni debe ser pretexto para no cumplir con lo que mandó el Constituyente Permanente desde el 2008. |  | | | | | | | | | | | | | | | | Francisco G. | Hora del mensaje: 14:19 | | | | Pregunta Estimado Doctor, en razón de la Reforma Penal, se ha establecido ya la operación en el Estado de México de los jucios orales, que en principio contempla la solución de conflictos por la vía de la mediación, sin embargo hablando de las detenciones en flagrancia de integrantes de grupos criminales que viven en el anonimato y que son detenidos por delitos menores,no por los de delincuencia organizada ya que se les pueden comprobar en el momento, tal situación ha llevado a la Impartición de Justicia a dejarlos libres, aún y cuando se sabe que son Sujetos altamente peligrosos, quedan libres y han logrado vengarse de sus captores, gracias a esta Reforma a la que se le ha llamdo Hipergarantista, mi pregunta es ¿Que sugiere Usted para poder balancear esta situación y lograr que los criminales peligrosos se encuentren detenidos y los que en realidad cometen delitos menores salgan sin problema y sin perjuicio de continuar con el juicio penal? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Que platiquen la Procuraduría con los jueces de control sobre este problema y lleguen a conclusiones para evitarlo, pero necesitan hablar, dialogar. |  | | | | | | | | | | | | | | | | FERNANDO BENITEZ BRIBIESCA | Hora del mensaje: 14:17 | | | | Pregunta ¿CUALES SON LOS AVANCES Y CUALES LOS PENDIENTES DE LA REFORMA PENAL EN MÉXICO? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Lamentablemente son más los pendientes que los avances. Sólo se ha concluido en 3 estados: Morelos, Chihuahua y Estado de México y en fase de operación en otros aproximadamente 10 más, los pendientes es que se materialice en todo el territoio nacional y a nivel federal donde todavía no existe un sólo juzgado oral. | | | | | | | | | | | pedro martinez | Hora del mensaje: 14:14 | | | | Pregunta Podría darme la información suficiente para conocer mas de los juicio orales | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Le recomiendo entrar a la página de la Red de juicios orales y el debido proceso legal que tiene suficiente información, también en la de la secretaría técnica de la reforma de los juicios orales que depende de la SEGOB y finalmente el libro que acabo de escribir sobre este tema "La reforma penal de los juicios orales" que ya está en librerias editado por Nostra ediciones | | | | | | | | | | | Hector Jaimes | Hora del mensaje: 14:14 | | | | Pregunta Y las corporaciones policiacas y fuerzas armadas que hacen funciones policiales ya estan preparadas para enfrentarse a los fiscales y delincuentes frente al juez en un juicio oral? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Algunas, muy pocas sí otroas no, requieren de mayor capacitación en el procedimiento oral. | | | | | | | | | | | alfonso laguna vega | Hora del mensaje: 14:12 | | | | Pregunta considera usted que se ha dado la suficiente información a los sectores implicados en la administracion y procuracion de justicia así como a los colegios y asociaciones de abogados, la experiencia nos demuestra que no se cuenta con la informacion y formacion suficiente para emprender la aplicacion de la reforma | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:No, no creo que se haya dado suficiente información primero a la sociedad en genral y luego a los colegios de abogados. La Red de juiciosm orales y el debido proceso legal ha hecho su parte pero falta toda una estrategia de comunicación social de la reforma para evitar muchos malentendidos que se tienen sobre la misma. | | | | | | | | | | | David Arellano Cuan | Hora del mensaje: 14:09 | | | | Pregunta Estimado Emilio: ¿Qué opinas de que a nivel federal no se hayan logrado los consensos para lograr la reforma al Códogo Federal de Procedimientos Penales? ¿Qué hace falta? Es cierto que hay temas que requieren de un balance político obligado, pero creo que con esa reforma ha sido un exceso ¿no crees? | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Coincido David en que resulta lamentable que a estas alturas de la vacatio legis (4 de 8 años)de la reforma no se haya aprobado el Código Federal de Procedimientos Penales, lo que está atrazando gravemente la reforma a nivel federal y también en el local para tenerlo como refernte. Hace falta liderazgo en las Cámaras y voluntad política de los legisladores para sacar el Código a la brevedad posible, pues ya pasó de materia pendiente a materia urgente! Gracias por la pregunta | | | | | | | | | | | Luis Humberto Ramos | Hora del mensaje: 14:04 | | | | Pregunta La reforma contempla todos los delitos en materia penal; habrá algun proceso previo antes de llegar al juicio oral; el Poder Judicial aumentará su plantilla laboral para poder atender la demanda de servicios judiciales; se tendrán que construir más recintos que alberguen juzgados espcializados en juicios orales; se tendrán recursos de apelación en una segunda instancia a una sentencia dictada en juicio oral?
Saludos cordiales. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Sí la reforma no es limitativa para algunos tipos penales, se aplica a todos sin excepción.El Poder Judicial puede racionalizar su plantilla para atender la demanda de servicios judiciales pues con los medios alternos, la racionalidad en el uso de la prisión preventiva y los mecanismos de terminación de juicio anticipado que incluye la reforma se podr{a abatir el gasto y la plantilla. Se tienen que construir recintos para los juicios orales porque la dinámica del juicio es totalmente diferente a la de los juicios escritos y finalmente sí se tienen recursos de apelación en 2a instancia pero eso está por determinarlo el nuevo Código Federal de Procedimientos Penales que todavía no aprueba el Congreso. |  | | | | | | | | | | | | | | | | LIC. CIRIACO NAVARRETE RODRÌGUEZ. DIR. GRAL DE \"SONDEO, GRAN PROYECTO EDITORIAL, NACIONAL E IN | Hora del mensaje: 14:01 | | | | Pregunta Si analisamos seriamente y con rigor liguístico la Constituciòn General de la Repùblica, de 1917, que a no dudarlo fue hecha para que el gobierno pueda someter al pueblo de Mèxico. De ahì la necesidad de meterle la barredora a esa basura jurìdica, con el fin de redactar una NUEVA CONSTITUCIÒN a partir del modelo agrario de la PEQUEÑA PROPIEDAD de la tierra, en procura de la indispensable solidez jurìdica que debe tener, y que aun notiene, el derecho de la TENENCIA DE LA TIERRA. Sólo así, podremos acceder a la DEMOCRACIA VERDADERA. esas SENADORAS y SENADORES, pero más aún, los DIPUTADOS del CONGRESO DE LA UNIÓN, DEBIERAN SABER HACER SU TRABAJO, MÁS ALLÁ DE SÓLO COBRAR LOS PRODUCTOS DE SU PROPIA DESHONESTIDAD, porque es deshonesto llegar a un cargo popular, cualquiera que sea,y sólo dedicarse a IMPONER LA IGNORANCIA. No se vale. Por eso en México crece y crece la pobreza en todas su formas y modalidades, y con ella, también crece la problemática social y la criminalidad. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:Respeto mucho, aunque no comparto su opinión, y menos en lo que dice que la Constitución de 1917 se hizo para someter al pueblo, pues fue en ella que se establecieron por vez primera a nivel mundial los derechos sociales para proteger a los campesinos (artículo 27) y a los obreros (artículo 123). Saludos |  | | | | | | | | | | | | | | | | eduardo hernandez | Hora del mensaje: 13:59 | | | | Pregunta si una persona es detenida por alguna acusacion, ¿ tiene el derecho esa persona a pedir o a exigir un juicio oral ? si es si o no ¿ cual seria el fundamento legal ?, gracias. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:si el sistema acusatorio-oral ya está establecido en su estado de residencia o en el que haya supuestamente cometido el ilícito, o bien a nivel federal, sí, si puede solicitar el juicio oral. El fundamento legal es el artículo 20 constitucional | | | | | | | | | | | victorino resendiz cortes | Hora del mensaje: 13:57 | | | | Pregunta ¿ Estarán preparados tanto estructural como doctrinariamente todos los estados para este sistema? porque todo es dinero más que el esfuerzo de los gobiernos..............gracias. | | | | | Respuesta
Emilio Rabasa Gamboa-:buena pregunta, no, no lo están. Esto depende de la coordinación de los tres poderes de cada estado y del empuje que quiera darle el gobernador y el Presidnete del Tribunal Superior de Justicia. No todo es dinero, se trata más bien de voluntad de cumplir con lo que manda la Constitución expresamente en el artículo transitorio 2o. Gracias por su pregunta | | | | | | | | | | | Bienvenida Emilio_Rabasa_Gamboa- | Hora del mensaje: 13:56 | | | | Pregunta Saludos afectuosos a todas y todos los cibernautas de El Universal, buenas tardes tengan todas y todos ustedes.
Mi reciente libro "La Reforma penal de los juicios orales" publicado por Nostra Ediciones en su serie para entender.... busca exponer de manera sencilla con lenguaje llano para no especialistas en la materia, lo que es la gran reforma penal que ordenó el Poder Constituyente Permanente para sustituir el anquilosado e infuncional sistema inquisitivo-escrito por el moderno y transparente sistema acusatorio-oral en el procedimiento penal, tanto federal como estatal. Para estos efectos el libro describe cada uno de los 5 componentes de la citada reforma que son: La Procuradur{ia inlcuyendo MPs y polic{ia, la Defensor{ia de Oficio, la Judicatura, los Medios alternos para la solución de controversias y la prisión preventiva. Esto aclara de entrada que no se trata de una reforma sencilla que sólo afecta a los juzgadores sino a otros órganos e institucio0nes del aparato de justicia. También se busca precisar que la reforma es mucho más sólo cambiar el procedimiento escrito por el habaldo en los juicios, se trata en el fondo de toda una revolución o transformación en el campo de la justicia penal en México. |  | | | | | | | | | | | | | | | | Comentario del Moderador | Hora del mensaje: 13:47 | | | | Buenas tardes, iniciamos nuestra entrevista digital. | | | |
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